Grobic Gestiona los Proyectos a Comunidades con todos los permisos y ayudas necesarios
Gestión de proyectos para Comunidades de Propietarios
Grobic permite gestionar todos los permisos y requisitos necesarios para el desarrollo del proyecto
- Gestión de permisos frente a las autoridades.
- Gestiona las ayudas Municipales, Comunidades Autónomas y Administración Central.
- Modelo de financiación.
- Estudio, anteproyecto y Proyecto.
Tramites a realizar
Existen distintos tipos de licencias, así como procedimientos para su obtención, considerar que hay pasos que son comunes para todas las solicitudes, también dependiendo de la Comunidad y Ayuntamiento.
- Entregar la documentación según los requisitos.
- Estudio de la solicitud por parte del departamento correspondiente.
- Requerimientos en caso de no reunir los requisitos pertinentes.
- Resolución favorable a la petición.
Tipos de licencia para la realización de obras en comunidades de propietarios
La normativa municipal establece dos tipos de licencia según su envergadura. Nos encontramos con dos tipos de licencia que, según la ordenanza municipal, se distinguen de la siguiente manera:
- Obra menor: aquella que no conlleva ninguna dificultad técnica y requiere poca construcción y economía. Quedan fuera aquellas obras que suponen alteración del volumen, instalaciones o servicios de uso común en el número de viviendas y locales que afectan a las condiciones de habitabilidad o seguridad del edificio.
- Obra mayor: se considera aquella que modifica los elementos comunes del edificio, su conjunto estructural, seguridad e instalaciones de saneamiento y ventilación.
Procedimiento de licencia de obras para comunidades de propietarios
Al tramitar la licencia de obras nos encontrarnos con distintos procedimientos de carácter administrativo, según el tipo de actuación que se vaya a realizar. Se debe considerar que cada municipio tiene su propia normativa, no obstante, detallamos los trámites más habituales:
- Actuación comunicada. Para trabajos de poca envergadura que no afecten a la estructura o un elemento que se encuentre catalogado como protegido.
- Procedimiento ordinario común. Obras de gran envergadura que requieren de proyecto técnico como la rehabilitación de un edificio protegido.
- Procedimiento ordinario abreviado. Cuando hay cambios en la estructura y se necesita un proyecto técnico. Son obras puntuales que no afectan a elementos protegidos u obras de restauración o acondicionamiento.
Tramitación de Licencia Urbanística (Según Ayuntamiento)
Cualquier tipo de obra de rehabilitación está sujeta a Licencia Urbanística,
con las siguientes excepciones :
- Las obras que sean objeto de una Orden de Ejecución
- Las obras de conservación consistentes en la sustitución de acabados
interiores de una sola vivienda o local, como solados, alicatados, yesos y
pinturas, cuando no estén protegidos arquitectónicamente, así como la
sustitución de las instalaciones propias, todo ello sin perjuicio de contar
con las autorizaciones necesarias para la retirada de residuos inertes
Bonificación
La cuota del impuesto que grava las obras contempladas en la
licencia urbanística puede obtener una bonificación del siguiente tipo:
- Las obras de rehabilitación de edificios de uso residencial, en Áreas
o Zonas de Rehabilitación que obtengan de la administración
competente la calificación de actuación protegida: 70 % - Las obras en los edificios y elementos catalogados con nivel de
protección 1 (grados singular o integral): 75% - Las obras en los edificios y elementos catalogados con nivel de
protección 2 (grados estructural o volumétrico): 35% - Las obras en los edificios y elementos catalogados con nivel de
protección 3 (grados parcial o ambiental): 10%
La bonificación correspondiente debe solicitarse antes del transcurso de mes contado desde el comienzo de las obras. (Referencia; Ayuntamiento de Madrid).
En el momento de solicitar la Licencia Urbanística, el contribuyente tiene que
abonar el importe de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, que se
fija de acuerdo al tipo de obras y a la superficie afectada por las mismas. Una
vez concedida la licencia se abonará la cuota por la que se debe liquidar el
Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, que resulta de aplicar un
porcentaje al coste real de las obras, excluido el IVA y cualquier otro concepto
que no integre estrictamente el coste de la ejecución material.